Alertas informativas
Subvenciones a la contratación de desempleados y ayudas a la formación
Recientemente se han publicado dos Órdenes de la Consellería de Emprego que tienen como finalidad favorecer el empleo estable y la inserción laboral, así como la formación de los trabajadores. En ambos casos las ayudas a la contratación están destinadas a empresas o autónomos que contratan en sus centros de Galicia. Las principales características de las ayudas son:
1. Orden 4 de marzo de 2019 (publicada el 20 de marzo): subvenciona las contrataciones tanto indefinidas iniciales como temporales iniciales de desempleados de larga duración que se celebren desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de setiembre de 2019, así como la formación de desempleados contratados. Incluye dos ayudas compatibles entre sí y con las bonificaciones de Seguridad Social: Bono de contratación y Bono de formación.
Las contrataciones realizadas entre el 16 de octubre de 2018 y la publicación deberán presentarse en el plazo de 2 meses desde el día siguiente de la publicación de la orden. Si la contratación se realizase desde la entrada en vigor, tendrán 2 meses de plazo para solicitar la ayuda a la contratación. El plazo para la presentación comenzará al día siguiente al de su publicación y acabará el 30 de septiembre de 2019.
a) Bono de contratación por la indefinida inicial y la temporal inicial.
Se subvencionarán las contrataciones a tiempo completo tanto indefinidas como temporales iniciales con duración mínima de 12 meses, realizadas con desempleados de larga duración que se formalicen desde el día 16 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019, ambas inclusive. Las contrataciones deben incrementar la plantilla de la empresa en Galicia, respecto a los tres meses anteriores al mes de realización de la contratación.
Cuantía de los incentivos: 10.000 euros por contrato indefinido. Para los temporales la ayuda será de 5.000 euros por cada contrato. Las cuantías se incrementarán en un 25% en los siguientes casos, que son acumulables entre sí cuando el trabajador sea:
– Desempleado de larga duración mayor de 45 años.
– Centro de trabajo esté situado en un ayuntamiento rural.
– Si es emigrante retornado.
– Si es una persona trans.
– Empresa con más de 50 trabajadores y una tasa de estabilidad igual o superior al 70%.
– Si la actividad del solicitante pertenece al ámbito de sectores estratégicos.
b) Bono de formación para acciones formativas.
Las empresas podrán solicitar el bono para la formación por cada contrato subvencionado que realicen al amparo de esta orden. La duración de la formación será de un mínimo de 70 horas en los contratos indefinidos iniciales y de un mínimo de 50 horas para los contratos temporales. La formación tendrá lugar dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato y deberá estar finalizada el 30 de noviembre de 2019.
Cuantías de los incentivos: contratos indefinidos iniciales 4.000 euros por cada trabajador y 2.000 euros por cada contrato temporal inicial con duración mínima de 12 meses.
2. Orden del 26 de marzo de 2019 (publicada el 9 de abril) por la que se aprueba el programa Emprega Xuventude para subvencionar la contratación indefinida inicial, la temporal inicial que se celebren desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de setiembre de 2019, así como la formación para facilitar la inserción laboral de los menores de 30 años desempleados. Incluye dos tipos de ayudas compatibles entre sí y con las bonificaciones de Seguridad Social: Bono de contratación y Bono de formación.
Las solicitudes de ayudas por las contrataciones realizadas entre el 1 de octubre de 2018 y la fecha de la publicación de esta orden deberán presentarse en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación. Si la contratación se realizase desde la entrada en vigor, tendrán 2 meses de plazo para solicitarla. El plazo para la presentación comenzará al día siguiente de la publicación y acabará el 30 de setiembre de 2019.
a) Bono de contratación para la contratación indefinida inicial y la temporal inicial.
Dentro de las ayudas a la contratación subvenciona la contratación indefinida inicial y la temporal inicial ambas a tiempo completo, con una duración inicial mínima de doce meses, de menores de 30 años desempleados, incluida la modalidad de fijo discontinuo. Las contrataciones deben incrementar el cuadro de personal de la empresa en Galicia, respecto a los tres meses anteriores al mes de realización de la contratación.
Cuantías de los incentivos: contrataciones indefinidas iniciales 6.000 euros por cada desempleado menor de 30 años. Para los temporales 3.000 euros por cada desempleado menor de 30 años. Estas cuantías se incrementarán en un 25% si la empresa tiene más de 50 trabajadores y si la actividad pertenece al ámbito de sectores estratégicos.
b) Programa de bonos de formación por acciones formativas en el centro de trabajo.
Serán beneficiarias de un bono de formación, las empresas que contraten desempleados menores de 30 años y que hayan sido subvencionadas por el bono de contratación
La duración de la formación deberá ser de un mínimo de 70 horas para contratos indefinidos iniciales y de 50 horas por los contratos temporales. La formación deberá realizarse dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato y deberá estar finalizada antes del 30 de noviembre de 2019.
Cuantías de los incentivos: 4.000 euros por cada trabajador indefinido y de 2.000 euros por cada trabajador con contrato temporal inicial de doce meses.
Si necesitan ampliar información sobre cualquier punto de las ayudas a la contratación, no duden en llamarnos.
Subvención parados larga duración