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Publicado el nuevo índice de referencia para la actualización de la renta en los arrendamientos de vivienda

La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, cuya entrada en vigor se produjo el pasado 24 de mayo de 2023, trajo consigo una serie de medidas de contención de los precios de los contratos de arrendamiento de vivienda. Para ello, una de las medidas aprobadas fue la modificación de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (“LAU”), incorporando una disposición adicional undécima en la que se establece un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda que se fijará como límite de referencia a efectos de actualización de la renta de esos contratos. Este nuevo índice debía ser definido por el Instituto Nacional de Estadística antes del 31 de diciembre de 2024. 

El objetivo de esta nueva medida es evitar los incrementos desproporcionales en la renta de los arrendamientos de vivienda acaecidos en los últimos años como consecuencia del exponencial incremento del IPC. 

Finalmente, no fue hasta el pasado 2 de enero de 2025, cuando el INE publicó el primer índice de referencia correspondiente a noviembre de 2024, fijándolo en un 2,2%.

Así las cosas, teniendo en cuenta la entrada en vigor de la Ley de Derecho a la Vivienda el pasado 24 de mayo de 2023, la actualización de las rentas de los arrendamientos de vivienda, se hará de la siguiente forma:

  1. En los contratos suscritos antes del 24 de mayo de 2023, la actualización se efectuará con arreglo a lo pactado en el contrato entre las partes, ya sea el IPC o el Índice de Garantía de competitividad (IGP). Por lo tanto, un contrato de arrendamiento de vivienda anterior al 24 de mayo de 2023, en el que se hubiera pactado la actualización de la renta conforme al IPC y se actualice en enero de 2025, la renta se actualizará en un 2,4% (noviembre de 2024, último índice publicado en enero de 2025).

  2. En los contratos posteriores al 24 de mayo de 2023, la actualización de la renta se efectuará a través del nuevo índice de referencia. En el caso de contratos renovables en enero de 2025, el incremento máximo será de un 2,2% (noviembre de 2024, último índice publicado en enero de 2025).

  3. En los contratos de arrendamiento de vivienda anteriores al 24 de mayo de 2023, pero en el que se hubiera fijado el mecanismo de actualización de la renta por el índice establecido en la Ley de Vivienda, la renta se actualizará aplicando el nuevo índice de referencia, fijado en el 2,2% (noviembre de 2024, último índice publicado en enero de 2025). 


Al igual que con el IPC, el INE irá publicando mensualmente este nuevo índice de referencia.


En todo caso, es importante recordar que esta nueva medida resulta de aplicación solamente a los contratos de arrendamiento de vivienda, se excluyen, por lo tanto, el resto de los arrendamientos para uso distinto al de vivienda. 



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