Alertas informativas

Programa de ayudas para la igualdad, conciliación y RSE en Galicia 2026

Recientemente se ha publicado la orden que establece las bases reguladoras del programa de ayudas para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la responsabilidad social empresarial (RSE) en la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.


Objeto de la convocatoria

El objetivo es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas e incentivos para PYMES y personas trabajadoras autónomas con personal a cargo, destinados a: 

  • Implantar la igualdad laboral (TR357C).
  • Adoptar medidas de corresponsabilidad y conciliación (TR357D).
  • Implantar sistemas de gestión de responsabilidad social empresarial (TR357B).

Las acciones subvencionables deben realizarse entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026, fecha final del plazo de justificación.


Beneficiarios y requisitos generales de los solicitantes

Podrán ser beneficiarias las PYMES o personas trabajadoras autónomas que cumplan los siguientes requisitos generales:

  • Tener suscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena.
  • Tener domicilio social y centro de trabajo en Galicia.
  • Estar válidamente constituidas al presentar la solicitud.
  • Las entidades sin ánimo de lucro podrán solicitar ayudas para la Línea I, las sublíneas 1 y 2 de la Línea II, y la Línea III.
  • Tener tasa de estabilidad de, al menos, el 50% (contratos indefinidos a tiempo completo sobre el total) desde el 1 de enero de 2025 y en la fecha de justificación.


Líneas de ayuda

El programa se estructura en tres líneas principales: 

  • Línea I: Elaboración e implantación de planes de igualdad
  • Línea II: Conciliación, que se divide en: 
    • Sublínea 1: incentivos para el fomento del teletrabajo.
    • Sublínea 2: incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria.
    • Sublínea 3: subvenciones para la adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo.
  • Línea III: Certificaciones de RSE


Línea I: Elaboración e implantación de planes de igualdad

Requisitos específicos: empresas con un mínimo de 10 y un máximo de 49 personas trabajadoras, que implanten un plan de igualdad.

Conceptos subvencionables: 

  1. Costes de elaboración de una diagnosis de la empresa.
  2. Costes de elaboración de un plan de igualdad.
  3. Costes de implantación de medidas del plan en su primer año (no se puede solicitar junto a los dos conceptos anteriores en la misma convocatoria).
  4. Contratación (mínimo un año, jornada completa, grupo 1 o 2) de una persona experta en igualdad.

Cuantías: 

  • Diagnosis: hasta 80% del coste, con un máximo de 3000 euros (hasta 20 trabajadores) o 5000 euros (más de 20).
  • Elaboración del plan: hasta el 80% del coste, con un máximo de 1500 euros (hasta 20 trabajadores) o 3000 euros (más de 20).
  • Implantación: hasta el 80% del coste, con un máximo de 1000 euros (hasta 20 trabajadores) o 2000 euros (más de 20).
  • Contratación: 12000 euros.

Documentación requerida:

  • Genérica: vida laboral, presupuesto detallado emitido por entidad experta, escritura de constitución y acreditación de la formación/experiencia de la entidad experta.
  • Específica (según concepto): acta de constitución de la Comisión negociadora, copia del contrato de la persona experta o compromiso de contratación.


Línea II: Conciliación

Sublínea 1: incentivos para el fomento del teletrabajo

Requisitos específicos: No pertenecer a sectores TIC. Formalizar acuerdos de teletrabajo por un mínimo de 2 años (con personal existente o nuevas contrataciones).

Cuantía: 2000 euros por persona trabajadora con acuerdo de teletrabajo, con un límite máximo de 8000 euros por empresa. Se incrementa en 1000 euros si la tasa de ocupación femenina es igual o superior a la masculina.

Documentación requerida: memoria explicativa de las actuaciones a realizar.

Sublínea 2: incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria

Requisitos específicos: empresas con un mínimo de 5 personas trabajadoras. Establecer medidas de flexibilidad horaria mediante convenio o acuerdo en la representación de los trabajadores por un mínimo de 2 años.

Cuantía: 8000 euros por empresa. Se incrementan en 1000 euros si la tasa de ocupación femenina es igual o superior a la masculina.

Documentación requerida: memoria explicativa de las actuaciones, expuesta en forma de tabla comparativa (situación anterior vs. mejoras propuestas).

Sublínea 3: subvenciones para adquisición de elementos tecnológicos

Requisitos específicos: No pertenecer a sectores TIC. Tener formalizados acuerdos de teletrabajo en vigor en la fecha de la solicitud.

Actividades subvencionables: adquisición de hardware como ordenadores, medios de acceso a internet y periféricos (webcam, impresora, etc.). No se subvenciona software ni impuestos como el IVA.

Cuantía: hasta el 80% de la inversión, con un tope de 1500 euros por persona y un máximo de 20000 por empresa. Se incrementa un 10% si la tasa de ocupación femenina es igual o superior a la masculina.

Documentación requerida: vida laboral, copia de escritura de constitución en caso de persona jurídica, acuerdo de teletrabajo en vigor y presupuesto desglosado de la inversión (sin IVA).


Línea III: Certificaciones de RSE

Requisitos específicos: empresas con un mínimo de 5 personas trabajadoras.

Concepto subvencionable: obtención de una certificación, informe de verificación o validación en materia de RSE (ej: EFR, GRI, SGE 21, ISO 14000, ISO 45001, etc.).

Cuantía: 80% del coste total de la certificación, con un máximo de 2000 euros por empresa. Los costes de consultoría no podrán exceder el 30% de la subvención. 

Documentación requerida: presupuesto detallado de los costes, escritura de constitución y vida laboral.

Forma y plazo de presentación

  • Forma: las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través de formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal.
  • Plazo: el plazo será de un mes, contando desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, es decir, hasta el 19 de marzo de 2026.

Criterios de valoración

La Comisión de Valoración examinará las solicitudes conforme a los siguientes criterios, entre otros: 

  • Tamaño de la empresa: hasta 5 puntos para las más pequeñas.
  • Tasa de estabilidad del personal: hasta 2 puntos.
  • Ubicación en municipio rural: 2 puntos.
  • Administradora mujer o mayoría de mujeres en consejos rectores: 3 puntos.
  • Integración de personas con discapacidad: 1 punto.
  • Uso efectivo de la lengua gallega: 3 puntos.
  • Medidas específicas de flexibilidad horaria (Sublínea II.2): hasta 6 puntos según la medida.

Prohibiciones e incompatibilidades

  • No podrán ser beneficiarias las entidades públicas.
  • No podrán obtener la ayuda las empresas incursas en las prohibiciones del artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.
  • Solo podrá presentar solicitud una única empresa por grupo de empresas.
  • No se otorgarán ayudas a empresas que ya fueran beneficiarias por las mismas líneas en convocatorias anteriores (salvo excepciones).
  • Las solicitudes para las sublíneas 1 (teletrabajo) y 2 (flexibilidad) de la Línea II son incompatibles entre sí en la misma convocatoria.
  • Las ayudas son compatibles con otras, pero el importe total nunca podrá superar el coste de la actividad.

Obligaciones de los beneficiarios

Además de las obligaciones generales del artículo 11 de la Ley 9/2007, destacan las siguientes: 

  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
  • Comunicar al órgano concedente cualquier modificación de las condiciones o la obtención de otras subvenciones.
  • Conservar los documentos justificativos durante un mínimo de 3 años.
  • Someterse a las actuaciones de control, comprobación e inspección.
  • Informar sobre la ayuda recibida mediante un cartel de tamaño A3 en un lugar visible, con los logotipos de la Xunta de Galicia y del Ministerio de Empleo y Economía Social.

Alertas informativas

Reciba de forma regular correos electrónicos con noticias e información relevante para su negocio.