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Plan de Control Tributario 2021 AEAT

La Dirección General de la Agencia Tributaria acaba de publicar el pasado 1 de febrero la Resolución con las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021, que es el documento que fija los objetivos estratégicos fundamentales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) para la lucha contra el fraude fiscal durante el ejercicio 2021. 


Entre las directrices publicadas, cabe destacar las siguientes: 


1. Se planea intensificar el uso de las nuevas tecnologías en las relaciones con la Administración, dando tanto un nuevo impulso a la Administración digital (la asistencia digital integral – ADIs – y el uso de nuevas herramientas en las actuaciones de información y asistencia con la AEAT, bien de carácter virtual, o por consolidación de la aplicación móvil), como previendo su utilización para las actuaciones de comprobación e investigación, continuando así con el desarrollo de las inspecciones no presenciales, pudiéndose incluso en este año firmar las actas de inspección de manera no presencial. 


2. En el mismo ámbito digital, potenciando el uso del “Big Data”, se implantan nuevas herramientas para reducir errores en contribuyentes al presentar la declaración (IRPF), se extiende el borrador del IVA (pre-303) para contribuyentes incluidos en el S.I.I. (IVA), y se producen mejoras en la asistencia en la recaudación, potenciando los servicios no presenciales.


3. También se contempla la ampliación del uso de herramientas de “Big Data” y de minería de datos en la lucha contra el fraude, en concreto, fomentando el análisis de la residencia fiscal de contribuyentes que figuran como no residentes en las bases de datos tributarias, a fin de detectar el posible incumplimiento de obligaciones tributarias (deslocalizaciones). En este mismo ámbito de lucha contra el fraude, se continuará en los trabajos para el cálculo del patrimonio neto mediante una herramienta de análisis de flujos de renta y de consumos de los contribuyentes y de sus unidades familiares. Del mismo modo, continuarán las actuaciones contra la economía sumergida y, la lucha contra los programas de ocultación de facturación (software de doble uso).


4. En el ámbito de las actuaciones de comprobación e inspección, se tendrá en cuenta el impacto de la crisis sanitaria de forma que en las actuaciones de comprobación priorizaran aquellas actividades o sectores que se hayan visto menos afectados por los efectos económicos del COVID 19, aunque manteniendo un nivel adecuado de control, sobre todo de ejercicios anteriores y teniendo en cuenta también determinados perfiles de riesgo. Por otra parte, en la medida que lo permitan las condiciones sanitarias se reiniciará el plan de visitas para analizar tanto la idoneidad o la corrección de los datos censales (también en relación con las sociedades inactivas o con escasa o nula actividad), para comprobar la correcta utilización de los inmuebles por parte de sociedades o el control de arrendamientos de locales, entre otros aspectos. Al respecto, como en ejercicios anteriores, se continuará con la comprobación de sociedades carentes de estructura productiva que tengan como objeto facilitar la ocultación de rentas obtenidas por personas físicas.


5. Se reforzará el control sobre los grupos fiscales, dedicando una especial atención al cumplimiento de los requisitos legales que permiten acogerse a los regímenes especiales de consolidación fiscal en el Impuesto sobre Sociedades como el régimen especial del grupo de entidades en el IVA. Además, se realizarán, en el ámbito de la Unión Europea, un número significativo de controles multilaterales en los que se examinará la corrección de los pagos intragrupo por cesión de intangibles.


6. Se seguirán impulsando las actuaciones para reforzar la calidad de la información, tanto la obtenida en el ámbito interno como sobre todo en el ámbito internacional, en especial, el intercambio automático de información de cuentas financieras con diversas jurisdicciones. En el ámbito internacional se seguirán realizando controles multilaterales ( incluidas las inspecciones conjuntas o “Joint Autidts”). En el ámbito interno, se potenciará también la colaboración con la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social (especialmente se atenderá a las implicaciones fiscales en IVA e IRPF de las actas emitidas por la inspección de trabajo en las que se califican los servicios prestados por trabajadores pretendidamente autónomos, como prestaciones laborales dependientes). Se complementa, además, el desarrollo de un nuevo sistema automatizado de análisis de riesgos en precios de transferencia basado en el conjunto de toda la información disponible por la Agencia Tributaria.


7. Se anuncia, además, la plena operatividad para 2021 de los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal potencialmente agresiva de acuerdo con la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018 (DAC 6).


8. Se intensifica el análisis de la economía digital, a raíz tanto de la entrada en vigor del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales como por la entrada en vigor del e-commerce package en el ámbito del IVA a partir del 1 de julio, poniendo el foco la Agencia Tributaria en los nuevos modelos de negocio altamente digitalizados. Los debates a nivel de la Unión Europea sobre la ampliación de la directiva de cooperación administrativa 2011/16/UE (DAC7), permitirán contar con más información de las plataformas de comercio online; y, además, se continuarán con las actuaciones de obtención de información relativa a las criptomonedas, sistematizando la informacional obtenida (se prevé su incorporación al modelo de bienes y derechos en el exterior, así como el establecimiento de una obligación informativa autónoma sobre criptomonedas) y potenciando la cooperación internacional. 


9. En el ámbito del control del fraude aduanero, de los Impuestos Especiales y Medioambientales, se controlará la aplicación de beneficios fiscales en la importación de mercancías vinculadas a la lucha contra el Covid-19.


10. En el área de control recaudatorio, se controlará en especial las titularidades “de conveniencia” de los TPV´s usadas para evitar embargos, así como a los deudores con reconocimiento de deuda o solicitudes de aplazamiento sin ofrecimiento de garantía para reducir el riesgo de impago. Finalmente, continuarán este año tanto la potenciación de actuaciones de investigación dirigidas a posibilitar la adopción de derivaciones de responsabilidad como la adopción de medidas cautelares.


Pueden consultar en el siguiente enlace la Resolución de 19 de enero de 2021 donde se contienen las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021.



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