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Órdenes Emprega Mulleres

El pasado 25 de abril se publicó la Orden del 3 de abril de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras del programa Emprega Muller para la contratación por cuenta ajena de mujeres desempleadas, cuya finalidad es facilitar la inserción laboral al presentar desventajas y dificultades particulares para acceder al empleo. Se incluyen dos tipos de ayudas compatibles: 

Bono de contratación; indefinida y temporal con una duración mínima inicial de doce meses de las mujeres desempleadas, a la transformación de contratos temporales en indefinidos a tiempo completo y de indefinidos a tiempo parcial en a tiempo completo. 

Bono de formación; dirigido a los contratados por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas en su puesto de trabajo. 

Dentro del programa " Emprega muller" serán beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas que contraten mujeres desempleadas para prestar servicios en Galicia

El plazo general para la presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente al de su publicación. Las solicitudes de ayudas por las contrataciones por cuenta ajena subvencionables realizadas entre el 1 de octubre de 2018 y la publicación de esta orden deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la publicación. Si la contratación se realizase desde la entrada en vigor, tendrán 2 meses de plazo para solicitarla. El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas acabará el 30 de setiembre de 2019. 

Incompatibilidades: con otras subvenciones o ayudas de las horas de formación de cualquier Administración que, por los mismos conceptos, se otorguen como medida de fomento de empleo. Sí serán compatibles con las bonificaciones a la Seguridad Social. 

Obligaciones principales de los beneficiarios: estar al día en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

 

a) Programa del bono de contratación. 

Se aplicarán a las contrataciones indefinidas iniciales y las contrataciones temporales con una duración inicial mínima de 12 meses que se realicen desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019 con mujeres desempleadas. 

También se subvencionarán las transformaciones en indefinidos de contratos temporales y los incrementos de jornada hasta el 100% de la jornada completa de los contratos a tiempo parcial que se realicen, en ambos casos, en el período indicado anteriormente. 

Requisitos para obtener la subvención:

1. Contratación indefinida inicial y transformación de temporal en indefinido: en ambos casos la jornada deberá ser a tiempo completo y debe incrementarse el personal fijo de la empresa respecto a los tres meses anteriores a la contratación.

2. En caso de incremento de la jornada laboral del contrato de trabajo: la modalidad contractual inicial deberá ser de carácter indefinido a tiempo parcial y suponer el 100% de la jornada ordinaria.

Cuantía de los incentivos: 12.000 euros por contrato indefinido a una mujer desempleada. Para los temporales iniciales la ayuda será de 6.000 euros por cada contrato a mujer desempleada. Las cuantías se incrementarán en un 25% en los siguientes casos, que son acumulables entre sí cuando el trabajador sea:

– Desempleada mayor de 45 años.

– Centro de trabajo esté situado en un ayuntamiento rural.

– Si es emigrante retornada.

– Empresa con más de 50 trabajadores y una tasa de estabilidad igual o superior al 70%.

– Si la actividad del solicitante pertenece al ámbito de sectores estratégicos.

Cuantía de 4.000 euros por la transformación de temporales en indefinidos a tiempo completo; no se aplican los incrementos establecidos en el punto anterior.

Cuantía de 2.000 euros por el incremento de la jornada laboral de un indefinido a tiempo parcial a un indefinido a tiempo completo. No se aplican los incrementos del 25%. 

b) Programa de bonos de formación por acciones formativas en el centro de trabajo. 

Serán beneficiarias de un bono de formación, las empresas que contraten mujeres desempleadas y que hayan sido subvencionadas por el bono de contratación de este programa " Emprega Muller"

La duración de la formación deberá ser de un mínimo de 70 horas para contratos indefinidos iniciales y de 50 horas por los contratos temporales, deberá realizarse dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato y finalizar antes del 30 de noviembre de 2019.

Cuantías de los incentivos: 4.000 euros por cada trabajadora indefinida y de 2.000 euros por cada trabajadora con contrato temporal inicial de doce meses. 

Si necesitan ampliar información sobre cualquier punto, no duden en llamarnos.

 En el siguiente enlace puedes leer más sobre las órdenes 


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