Alertas informativas

Novedades laborales 2020

Real Decreto-ley 18/2019

En relación con las medidas en el ámbito laboral y de Seguridad Social aprobadas por el Real Decreto-ley 18/2019, de Medidas en materia Tributaria, Catastral y de Seguridad Social, cabe destacar las siguientes:

-Prórroga inicial del SMI de 2019 en 2020: para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, queda fijado en 30 euros/día o 900 euros/mes.

-Se congelan las pensiones: las pensiones y otras prestaciones públicas estatales mantendrán el mismo importe que tuvieran reconocido a 31 de diciembre de 2019. Aprobada la norma correspondiente (cuando haya Gobierno), se revalorizarán las pensiones y otras prestaciones públicas con efectos del 1 de enero de 2020.

-Tipos y bases de cotización a la Seguridad Social para 2020: se prorrogan las cuantías del tope máximo y de la base máxima de cotización en el sistema de Seguridad Social establecidas para el año 2019; la cual se establece en 4.070,10 euros mensuales.

-Normas de cotización a la seguridad social: se prorroga la Orden TMS/83/2019 por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional.

-Reducción de las cotizaciones por disminución de la siniestralidad: se suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, previsto en el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, para las cotizaciones que se generen durante el año 2020.

-Cláusula de salvaguarda: se trata de una garantía legal acordada entre sindicatos, empresarios y el Gobierno que garantizaba que aquellas personas que habían sido despedidas antes de la entrada en vigor de la nueva ley pudiesen jubilarse con los requisitos en vigor en aquel momento, o después como consecuencia de EREs previos a la misma.

El RD-Ley establece durante 2020 el mantenimiento de la normativa previa a la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, para determinados colectivos que vieron extinguida su relación laboral antes de 2013.

Además, se establece que se seguirá aplicando la regulación de la pensión de jubilación, en sus diferentes modalidades, requisitos de acceso, condiciones y reglas de determinación de prestaciones, vigentes antes de la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, a las pensiones de jubilación que se causen antes de 1 de enero de 2021 en determinados supuestos.

Por último, es importante destacar que entre las medidas laborales del Pacto PSOE-Unidas Podemos, está prevista la derogación parcial de la reforma laboral aprobada en 2012, garantizar la revalorización de las pensiones conforme al IPC, subir el salario mínimo hasta el 60% del salario medio en España, modificación del Estatuto de los Trabajadores para limitar la subcontratación, y la vuelta a la prevalencia de los convenios colectivos sectoriales sobre los particulares de empresa.

Esperando que esta información les resulte de utilidad, reciban un cordial saludo.

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