Alertas informativas

Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción

El pasado 21 de febrero de 2023 se publicó en el BOE la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción por la que se traspone la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, y que entrará en vigor el próximo 13 de marzo de 2023 pasados los veinte días de su publicación.


Dentro del ámbito del compliance o cumplimiento normativo, la normativa obliga a determinados sujetos (entre ellos, empresas de más de cincuenta trabajadores) a contar con un sistema interno de información (canal de denuncias interno), así como con un sistema de gestión y protección de los informantes, evitando represalias contra ellos. La finalidad de esta norma es la de proteger a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos regulados en la misma. 


Así, con el fin de proteger a los “informantes”, la Ley obliga a la creación de un canal de denuncias interno, denominado Sistema Interno de Información (SII), a determinadas entidades del sector público y a las personas físicas o jurídicas privadas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener contratados a 50 o más trabajadores.
  • Desarrollar una actividad económica que entre en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente, con independencia del número de trabajadores con que cuenten.
  • Recibir o gestionar fondos públicos, en caso de tratarse de partidos políticos, sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones creadas por unos y otros.


Con relación al sector público: la ley extiende en toda su amplitud la obligación de contar con un Sistema interno de información. En consecuencia, han de configurar tal sistema las administraciones públicas, ya sean territoriales o institucionales, las autoridades independientes u otros organismos que gestionan los servicios de la Seguridad Social, las universidades, las sociedades y fundaciones pertenecientes al sector público, así como las corporaciones de Derecho Público, entre otros.


El establecimiento de estos sistemas deberá efectuarse en un plazo no superior a 3 meses desde la entrada en vigor de la norma, esto es, antes del próximo 13 de junio de 2023, excepto en las empresas con menos de 249 trabajadores y municipios de menos de 10.000 habitantes, en cuyo caso el plazo se extenderá hasta el siguiente 1 de diciembre de 2023.


El SII será el medio del que dispondrán los informantes para proceder a la denuncia de las infracciones por medios de caneles internos de información que permitirán realizar comunicaciones por escrito, verbalmente o de ambas formas, quedando protegidos por las medidas de apoyo y protección frente a posibles represalias.


Las obligadas deberán nombrar un “responsable del sistema” que se encargará de la gestión del mismo con independencia y autonomía respecto al resto de órganos de la entidad.


Así mismo, la norma incluye un régimen sancionador por incumplimiento de sus disposiciones que determina sanciones de entre 1001 euros por infracciones leves hasta 1.000.000 de euros por infracciones muy graves, así como infracciones no económicas como prohibición de contratar con el sector público.


Por otro lado, la norma crea la Autoridad Independiente de Protección al Informante (AAI) que podrá también recibir denuncias e informaciones, que es una autoridad administrativa independiente, con un cierto parecido, por ejemplo, a la figura de Presidente/a de la Agencia Española de Protección de Datos, constituyendo un ente de derecho público de ámbito estatal, y sometido al régimen jurídico de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.


Así mismo, la AAI estará encargada de gestionar un Canal Externo de Comunicaciones al que podrá acceder toda persona física directamente o previa comunicación a través del correspondiente canal interno. 



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