Ayudas para personas autónomas en Galicia 2025-2026
La Xunta de Galicia ha publicado una nueva convocatoria de ayudas dirigidas a personas trabajadoras autónomas para el periodo 2025-2026. Estas medidas buscan fomentar el autoempleo, apoyar la consolidación de negocios y facilitar el reemprendimiento tras un cese de actividad.
A continuación, detallamos las principales líneas de ayuda y sus requisitos más relevantes.
1. Promoción del empleo autónomo (TR341D)
Programa dirigido a personas desempleadas que inicien una actividad por cuenta propia en Galicia y establezcan su domicilio fiscal y social en la comunidad.
Línea 1
Requisitos principales:
- Estar inscrita como demandante de empleo.
- Alta en el RETA entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
- Permanencia mínima de 24 meses en el RETA.
Cuantía:
- 2.000 € con carácter general.
- 4.000 € para menores de 30 años, personas en desempleo de larga duración, con discapacidad, mayores de 52 años y otros colectivos específicos.
- Posible incremento adicional del 15 % según perfil.
Línea 2
Requisitos principales:
- Inscripción como demandante de empleo.
- Alta en el RETA entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
- En caso de sociedades, inicio de actividad desde el 30 de septiembre de 2025.
- Permanencia en RETA de 12 o 24 meses según el caso.
Cuantía:
- 960 €, equivalente a la cuota reducida.
- Hasta 1.920 € en sectores agrícola, ganadero o silvícola.
Objetivo: facilitar el inicio de actividad como persona autónoma y reducir los costes iniciales.
2. Bono Autónomo (TR341Q)
Dirigido a personas autónomas con más de 42 meses de antigüedad ininterrumpida en la actividad.
Requisitos principales (persona física)
- Antigüedad superior a 42 meses.
- Rendimiento neto en IRPF inferior a 50.000 €.
- Facturación mínima anual de 12.000 €.
- No haber sido beneficiaria en las últimas cinco convocatorias.
- Compromiso de permanencia de 24 meses.
Requisitos para autónomos societarios
- Antigüedad superior a 42 meses.
- Facturación mínima de 12.000 €.
- Base imponible en el Impuesto de Sociedades inferior a 50.000 €.
Tipo de ayuda
- Subvención del 60 % de la inversión realizada.
- Máximo 7.000 € por beneficiario.
Gastos subvencionables
- Maquinaria y utillaje.
- Equipamiento informático y tecnológico.
- Software, páginas web y aplicaciones.
- Actuaciones en eficiencia energética.
- Reforma del local.
- Diseño de marca y presencia digital.
No serán subvencionables teléfonos móviles, smartphones ni vehículos que no tengan la consideración de maquinaria.
Periodo de gastos subvencionables: desde el 1 de octubre de 2025 hasta la fecha de presentación de la solicitud.
Objetivo: mejorar la competitividad, modernización y digitalización de los negocios.
3. Bono Nueva Oportunidad (TR790A)
Programa destinado a personas autónomas que cesaron su actividad y vuelven a emprender.
Requisitos principales
- Inscripción como demandante de empleo.
- Nueva alta en el RETA entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
- Haber cesado previamente como autónomo en los últimos cinco años.
- Haber estado de alta al menos 3 meses en la etapa anterior.
Cuantía
- 7.500 € de ayuda única.
- 500 € adicionales si la persona beneficiaria es mujer.
Objetivo: apoyar el reemprendimiento y reducir el riesgo financiero en una segunda oportunidad empresarial.