Derogación del Real Decreto-ley 16/2025 y sus efectos inmediatos
Le informamos de que el Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del 27 de enero de 2026, ha acordado la derogación del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, al no haber sido convalidado en el plazo constitucional.
Como consecuencia directa, todas las medidas de carácter fiscal, laboral y de Seguridad Social que contenía la norma han perdido su vigencia con efectos desde dicha fecha. A continuación, se resumen las principales implicaciones.
Medidas fiscales derogadas
Las prórrogas y modificaciones tributarias previstas para el ejercicio 2026 han quedado sin efecto. Las más destacadas son:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Deducciones por vehículos eléctricos: Cesa la prórroga para 2026 de las deducciones por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables o de pila de combustible y sus puntos de recarga.
- Deducciones por eficiencia energética: Queda sin efecto la extensión de las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
- Rentas inmobiliarias: Se deroga la aplicación del porcentaje de imputación del 1,1 % para inmuebles en municipios con valores catastrales revisados.
- Impuesto sobre Sociedades (IS)
- Libertad de amortización: Deja de estar vigente la prórroga que permitía la libertad de amortización para inversiones en determinados vehículos ecológicos y sus infraestructuras de recarga.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Regímenes especiales: Queda derogada la prórroga de los límites que determinan la exclusión del régimen simplificado del IVA.
- También pierden vigencia las normas transitorias sobre los plazos para renuncias o revocaciones a dichos regímenes, incluyendo también la derogación de la renuncia extraordinaria al SII y al REDEME.
- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)
- Dejan de estar vigentes las actualizaciones de los importes máximos de los coeficientes a aplicar para determinar el incremento del valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento del valor.
- “Moratoria societaria”
- Se deroga el régimen excepcional de disolución por pérdidas graves aprobado en su día con ocasión del COVID-19. Conforme a dicho régimen, no se computaban las pérdidas correspondientes a 2020 y 2021 para determinar si la sociedad incurría en causa de disolución por pérdidas graves del art. 363.1.e LSC (es decir, cuando las pérdidas dejan reducido el patrimonio neto de la sociedad por debajo de la mitad del capital social).
- Con la no convalidación del RDL 16/2025, los administradores de las sociedades de capital que tuvieran pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 deberán analizar los efectos del fin de la "moratoria societaria" y, en su caso, tomar las medidas oportunas para evitar incurrir en la responsabilidad por deudas prevista en el art. 367 LSC.
Medidas laborales y de seguridad social derogadas
La derogación afecta a importantes disposiciones en el ámbito sociolaboral, en concreto:
- Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
- La prórroga automática del SMI de 2025 para el año 2026 ha quedado sin efecto. Para evitar un vacío normativo, el Ministerio de Trabajo ha procedido a una "prórroga técnica".
- Pensiones
- El esquema de revalorización y cuantías queda pendiente de la normativa que se dicte para fijar de forma estable la actualización de pensiones y prestaciones durante 2026.
- Cotizaciones a la Seguridad Social
- Pierden vigencia los cambios previstos para 2026 en materia de bases y tipos de cotización, incluyendo el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y otros tipos específicos, así como medidas específicas para personas trabajadoras por cuenta propia y en situación de pluriactividad.
- Medidas de protección social
- Quedan derogadas las medidas de protección para situaciones de vulnerabilidad, como la suspensión de desahucios, las compensaciones a favor del arrendador o propietario o las vinculadas a la pobreza energética, y otras disposiciones laborales vinculadas al disfrute de ayudas públicas.
- Tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
- Se introducía una nueva tarifa de cotización por contingencias profesionales, ligada a la actividad económica, ocupación o situación.
La derogación de esta norma implica el retorno al marco normativo anterior a su entrada en vigor. Es fundamental que revise cualquier planificación fiscal, laboral o de Seguridad Social para 2026 que se hubiera basado en las medidas ahora sin efecto.